Anteriormente os hablé de como pedir la baja maternal de una forma sencilla. Pero he encontrado una información mas detallada y fiable en la misma página del Ministerio de trabajo.

Objeto:
Es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de rentas o ingresos que sufren los trabajadores cuando se suspende el contrato o se interrumpe su actividad para disfrutar de los periodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento, legalmente establecidos.

Prestación:
La prestación económica consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que se reconoce a todos los trabajadores que disfruten los periodos de descanso laboral legalmente establecidos en los supuestos de maternidad biológica, adopción y acogimiento familiar.
En caso de parto múltiple, de adopción o acogimiento de más de un menor realizados de forma simultánea se reconocerá un subsidio especial por cada hijo, a partir del segundo, igual al que corresponda percibir por el primero durante el período de 6 semanas inmediatamente posteriores al parto, o en los casos de adopción o acogimiento, a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial que constituya la adopción.
Las trabajadoras que reúnan todos los requisitos para acceder a la prestación de maternidad, excepto el período mínimo de cotización, tendrán derecho a un subsidio de carácter no contributivo durante los días naturales siguientes al parto legalmente establecidos.

Cuándo se inicia la prestación:
El derecho a la prestación nace desde el día del parto o inicio del descanso, de ser éste anterior; en los casos de adopción o acogimiento, a partir de la resolución judicial de adopción o decisión administrativa o judicial de acogimiento.

Duración:
La duración del periodo de descanso es de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable en distintos períodos en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, de discapacidad y de hospitalización del recién nacido.
El periodo de descanso se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o tiempo parcial. En los casos de adopción o, si el padre y la madre trabajan, podrán optar por el período de descanso de forma simultánea o sucesiva.
En los casos en que la madre trabajadora reúna todos los requisitos salvo el período mínimo de cotización, la duración del subsidio no contributivo para la trabajadora será de 42 días naturales a contar desde el parto, que se incrementará en 14 días naturales en los casos de nacimiento de hijo:

  • En una familia numerosa.
  • En una familia monoparental.
  • Parto múltiple.
  • Cuando la madre o el hijo estén afectados de discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento.

El incremento de la duración es único, sin que proceda su acumulación cuando concurran dos o más circunstancias de las señaladas.

Beneficiarios:
Los trabajadores por cuenta ajena y cuenta propia, incluidos los contratados para la formación y a tiempo parcial, cualquiera que fuera su sexo, que disfruten de los periodos de descanso por
Requisitos:
Estar afiliados y en alta o en situación asimilada de alta.
Tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del parto o al inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
No obstante, este periodo mínimo es gradual, según la edad para los trabajadores que causen prestaciones por maternidad:

  • Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo de cotización
  • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio del descanso o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de la vida laboral.

Responsable:
INSS o ISM
Denegación / Extinción:
Denegación, anulación, suspensión y extinción de la prestación de maternidad.

Impresos:
No es necesario la presentación de un modelo oficial pero resulta conveniente su utilización: Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento
Documentación:
General para todos los casos: La documentación acreditativa de la identidad del trabajador y la relativa a la cotización.

Plazos:
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento iniciado será de 30 días que se contarán desde la fecha en la que su solicitud ha tenido entrada en el registro de la Dirección Provincial del INSS correspondiente.
El derecho al reconocimiento de la prestación prescribe a los 5 años, contados desde el día siguiente al del hecho causante, sin perjuicio de que los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los 3 meses anteriores a la fecha de la solicitud.

por Victor

Me llamo Víctor López y nací en Zaragoza el 16 de Diciembre de 1984.Esta web la monté exactamente el 23 de Mayo del 2005 con la idea de publicar mis experiencias personales, cosas curiosas que veía a mi alrededor (tanto en Internet como en mi vida) y el poder tener mi propio espacio web en la red. Si quieres puedes ver las estadísticas del año 2010.Ingeniero Superior en informática (terminé la carrera en 2006), desde pequeño ya estaba totalmente convencido a lo que me iba a dedicar en mi vida, la informática. Quizás porque mi padre tenía un Spectrum y me pegaba horas trasteándolo o quizás porque desde pequeño siempre me han gustado “los chismes”. El caso es que empezó a gustarme este mundo de la informática.Profesionalmente soy Analista-Programador Senior en PHP y me dedico al análisis, desarrollo y programación de páginas web y al desarrollo de aplicaciones (principalmente web en PHP, empecé a programar en el año 2002 en PHP), creación, alojamiento, optimización (diseño, SEO, publicidad), puesta en marcha de webs y potenciándolas.Actualmente soy Lead Integration Engineer en EnGrande.com – BudGetPlaces.com, además de formar parte de Homein.com (anteriormente he trabajado en Atrapalo.com, Camyna.com y Sync.es).Socio fundador de Coompy.es Alquilar habitación – Compartir piso.Partidario del software libre y usuario asiduo de Ubuntu y CentOS. Fui usuario de Mac pero ahora ya he vuelto al buen camino con Linux (Ubuntu distro).Sobre mi filosofía de vida, te invito a que leas este artículo: “Tu eres el resultado de ti mismo“. Si lo lees, entenderás mi punto de vista de la vida.Intento estar lo más lejos posible de la monotonía y considero mi trabajo como un hobby, me gusta aprender cosas nuevas cada día y afrontar nuevas metas y proyectos.En mi tiempo libre me gusta practicar cualquier deporte (el fútbol especialmente), me gusta competir (sea el ámbito que sea), los coches, las buenas películas/series y viajar.Personalmente considero que lo primero en esta vida es la salud y las personas, dejando atrás otras cosas, como puede ser el dinero, la fama y todas esas chorradas, que cuanto más las tienen las personas, más las quieren y menos les importan los demás. Y creo que el respeto y educación es fundamental.Pues eso es todo, un breve resumen de mi persona.Si te quieres anunciar en mi blog, contactar conmigo ya sea para la contratación de mis servicios, ofertas, agradecimientos, quejas, insultos, amenazas y/o similares, puedes mandarme un correo cuando quieras.Mi correo personal de contacto es: http://helektron.com/contacto-personal/Puedes seguir este blog por Google Plus, Facebook, Twitter, RSS y por mail.

Un comentario en «Prestación de maternidad»
  1. Testimonio a raiz de una financiera de prestamo :
    Gracias por su amabilidad me permite esta publicación para ampliar los servicios de ayuda al señor JEAN Después de un programa de televisión en MTV, he oído del señor JEAN y rezo contacto con él. ͉l me dio un préstamo de 25.000 euros por los que mantengo mi tiempo para declarar en su favor. Si usted está en necesidad de un préstamo o la financiación, por favor haga contacto con él. Aquí su correo electrónico personal: jeanlucfaye50@gmail.com

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