Para poner en marcha una empresa hace falta pasar por un largo proceso burocrático y abonar, como poco, 3.000 euros. En este practicograma (www.practicopedia.com) te mostramos, uno a uno, los pasos que tienes que seguir para crear una sociedad en España.
1.UNA SOCIEDAD PUEDE ADOPTAR FORMAS JURÍDICAS DISTINTAS
En España operan tres tipos de sociedades: las mercantiles, las colectividades sin personalidad jurídica y los empresarios individuales.
Las sociedades mercantiles se contituyen para realizar operaciones comerciales. Las hay de muchos tipos: la sociedad colectiva, la sociedad comanditaria simple, la sociedad comanditaria por acciones, la sociedad anónima, etc. La más común en España es la sociedad limitada.
La colectividad sin personalidad jurídica es un tipo de sociedad que constituye un grupo de personas que se agrupa en torno a un bien o derecho que ninguna posee al 100%, como por ejemplo un negocio familiar que es heredado por varios hijos. Hay dos tipos de colectividades: la comunidad de bienes, y la sociedad civil.
El empresario individual es la forma jurídica contemplada por la legislación española para aquellas personas que vayan a trabajar por cuenta propia.
En la página web de la Dirección General de la PYME encontrarás un cuadro que recoge todas las formas jurídicas de la empresa en España e indica todas sus características.
2. ¿CÓMO ELEGIR ENTRE UNA FORMA U OTRA?
Hay muchos factores a tener en cuenta a la hora de elegir una forma social u otra para una empresa. Dos de éstos son el dinero y el número de socios fundadores. Para montar una sociedad limitada, por ejemplo, hacen falta 3.000 euros y una sóla persona, mientras que para montar una sociedad comanditaria por acciones hacen falta 60.000 euros y un mínimo de dos personas.
La profesora Christi Amesti, de la Universidad Complutense de Madrid señala que también es importante considerar los «beneficios fiscales» que reporta cada tipo de sociedad. Una empresa que facture menos de 1.000.000 de euros al año, por ejemplo, estará exenta de pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Así mismo, es importante considerar «la responsabilidad de los socios». Para limitar su competencia (lo que haría que ninguno pudiera tomar ninguna decisión sin consultar antes con el resto) habría que optar por formas como la sociedad anónima o la sociedad de responsabilidad limitada. Si por el contrario no se quiere limitar la responsabilidad de los socios habría que optar por formas como la sociedad colectiva, la sociedad comanditaria simple.
Elegir una forma jurídica para una sociedad es una decisión muy importante. Por ello, si no se tienen muchos conocimientos de finanzas o de empresa es aconsejable contar con el asesoramiento de un abogado o de un asesor fiscal. En la página web del Consejo General del Notariado una gran cantidad de información al respecto que te será muy útil.
3. EL PROCESO DE CREACIÓN DE UNA EMPRESA. LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Para crear una sociedad mercantil hay que seguir los siguientes pasos:
–Acudir al Registro Mercantil Central a obtener la certificación negativa del nombre de la empresa, es decir, a asegurarse que no hay ninguna empresa que tenga el mismo nombre. El certificado correspondiente se entrega entre 3 y 5 días después. Si la sociedad que se va a crear es limitada o anónima y el capital se va a abonar en metálico, es necesario hacer el ingreso en una entidad financiera y obtener el certificado de ingreso correspondiente.
–Firmar la constitución de la sociedad mediante escritura pública ante Notario. Esto tiene un precio, que varía en función del capital destinado a la constitución de la sociedad.
–Ir a la Consejería de Hacienda a pagar abonar el impuesto de operaciones societarias. Su importe asciende al 1% del capital invertido en la creación de la empresa.
–Volver al Registro Mercantil a inscribir la sociedad, para lo que hay que abonar un impuesto denominado BORME, de aproximadamente 60 euros. Desde este momento la empresa pasa a tener plena capacidad jurídica.
–Solicitar el NIF de la empresa a la Agencia Tributaria. Para ello hay que cumplimentar el modelo 036, que también determinará cómo y cuánto tributará la sociedad. Pasados 30 días, Hacienda hará entrega a los socios fundadores del número de identificación fiscal de la empresa.
Se emplea una media de 45 días en crear una sociedad mercantil.
4. EL EMPRESARIO INDIVIDUAL Y LA COLECTIVIDAD SIN PERSONALIDAD JURÍDICA
En estos dos casos el proceso es mucho más sencillo.
Para darse de alta como empresario individual hay que rellenar el formulario 037 de la Agencia Tributaria y el modelo 521 de la Seguridad Social. Si se desea se puede ir al Registro Mercantil a registrar el nombre elegido para la sociedad. En el practicograma «˜Cómo hacerse autónomo»™ encontrarás más información al respecto.
En el caso de las colectividades sin personalidad jurídica, éstos son los pasos que hay que seguir:
–Acudir al Registro Mercantil a realizar la inscripción de la empresa.
–Ir a la Consejería de Hacienda a abonar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
–Solicitar el NIF de la empresa a la Agencia Tributaria.
5. LA CREACIÓN DE SOCIEDADES A TRAV͉S E INTERNET
Hay una manera de agilizar la creación de una sociedad, y es hacerlo a través de Internet mediante el Circe, un organismo dependiente de la Dirección General de Política de la Pyme. Se trata de un procedimiento que sólo vale para constituir sociedades limitadas de nueva empresa, una sociedades limitadas o para darse de alta como empresario individual. En los tres casos es posible tener lista la sociedad en 48 horas.
6. LOS TRÁMITES NECESARIOS PARA EJERCER LA ACTIVIDAD
Cuando la sociedad ya está creada, lo siguiente es conseguir los permisos y licencias necesarias para que empiece a desarrollar su actividad. ͉stos son los pasos que hay que seguir:
–Acudir a la Agencia Tributaria a darse alta en el censo de empresarios y abonar el Impuesto sobre Actividades Económicas. Las empresas con una facturación anual inferior al millón de euros o con menos de dos años de andadura están exentas de pagar este tributo.
-Si la empresa va a operar en un local físico hay que conseguir la licencia de obras la licencia de apertura y abonar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Estos trámites tendrán que hacerse en el ayuntamiento.
–Ir a la Tesorería territorial de la Seguridad Social a afiliar la sociedad y obtener su número de afiliación y a obtener el alta de los trabajadores en el régimen de los socios trabajadores y/o administradores. Si la empresa va a contar con trabajadores en plantilla también hay que darlos de alta.
-Por último, hay que comunicar a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo correspondiente el inicio de las actividades comerciales de la empresa y conseguir y legalizar el libro de visitas.
7. INFORMACIÓN DE INTER͉S.
Si estás pensando en montar una empresa no te pierdas el contenido que tenemos publicado en las secciones de Pymes, negocios o autónomos. De especial ayuda te será el practicograma ‘Cómo ser un buen emprendedor’.
Gracias por su amabilidad me permite esta publicación para ampliar los servicios de ayuda al señor JEAN Después de un programa de televisión en MTV, he oído del señor JEAN y rezo contacto con él. ͉l me dio un préstamo de 25.000 euros por los que mantengo mi tiempo para declarar en su favor. Si usted está en necesidad de un préstamo o la financiación, por favor haga contacto con él. Aquí su correo electrónico personal: jeanlucfaye50@gmail.com
TIENE RAZÓN ESTE COMENTARIO, PERO LOS RICOS HACEN TRABAJAR — QUE YA ES UN TRABAJO-Y LOS QUE NOO TRABAJAN PARA ELLOS MISMOS «Tú TE LO GÍœISAS Tú TE LO COMES»
PERO, SI NO TOMAS DESICIONES QUE QUISIERAS TOMAR, LO ESTARIAS PENSANDO MUCHAS VECES. POR ESO NO HACE FALTA ESTUDIAR PARA,POLITICO NI PRESIDENTE. PORQUE A LAS FINALES ,,,TODO POLÍTICO LADRÓN ES UN DICTADOR¿ POR QU͉? PORQUE NO HAY DISTINCIÓN PARTIDARIA CUANDO TODOS SON LADRONES. ¡¡¡¡¡¡VIVAN LOS NO DICTADORES !!!!!!! OHHH PERDÓN ¡¡¡¡¡VIVAN LOS NO LADRONES!!!!!!!.
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